Se acortan los plazos para la constitución de una SL.

15 diciembre 2010

Una de las cuestiones que nos a traido el  Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, es el la agilización de la constitución de sociedades limitadas.

Efectivamente, la reforma permitirá que todos los trámites necesarios para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada puedan llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno o cinco días, exceptuando sólo aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o la complejidad de la estructura societaria exijan un examen más detallado.

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La adaptación de la contabilidad de las entidades de crédito a los nuevos criterios de Basilea III tiene un coste de 40.000 millones de euros.

28 octubre 2010

Se estima que el coste que tendrá que llevar a cabo la banca e instituciones de crédito para adaptar su cuentas a las exigencias de Basilea III supondrá 40.000 millones de euros, según Laopiníoncoruña.es

El periodo de adaptación abarca desde 2013 a principios de 2019 y no hay más remedio que irse preparando.

La reforma de la contabilidad del sector bancario para adaptarla a los criterios recoidos en Basilea III exige que el denominado «core capital», que es la suma del capital y las reservas, se eleve hasta un 7% y que además los recursos sean de mayor calidad. Para esto, las entidades españolas necesitarán entre 35.000 y 40.000 millones de euros para cumplir con el nuevo escenario, según el director del Centro del Sector Financiero de PricewaterhouseCoopers e IE Business School, Luis de Guindos, a la cabeza de un informe sobre el futuro del sector con la entrada en vigor de Basilea III.

Exigencias más rígidas para aumentar la solvencia de las entidades de crédito. La medida no es mala, ya que favorece la confianza. Ahora falta, que esta mayor solvencia no se convierta en una mayor prudencia de las mismas a la hora de concesión de préstamos a las empresas.


NOVEDADES FISCALES PARA 2011

26 octubre 2010

Como sabemos recientemente han sido aprobados los Presupuestos Generales del Estado para 2011. Entre las medidas tomadas por el Gobierno se encuntran un paquete para salir de la crisis y neutralizar la recesión.  Puede verse en supercontable.com,  que los expertos apuntan los posibles efectos negativos y desincentivadores en un entorno que promete seguir siendo difícil para la activación de la economía en los próximos años.

Entre estas medidas, que pueden verse en supercontable. com, podemos reseñar:

1. Castigo fiscal en el IRPF para las rentas altas. Se suben los tipos de gravamen aplicables a la tarifa estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las rentas superiores a 120.000 y 150.000 en 1 y 2 puntos porcentuales, respectivamente. A ello se añade el incremento decidido o anunciado para la tarifa autonómica en algunas autonomías para diferentes niveles de renta (Cataluña, Asturias, Andalucía, Baleares, Cantabria y Extremadura). De tal modo, que en algunas regiones pueden elevar en 2011 el tipo marginal hasta el 49%, con efectos “cuasiconfiscatorios”.

 2. Nuevo límite para la amortización del fondo de comercio. Se elimina la posibilidad de amortizar el fondo de comercio en Sociedades cuando se adquieran participaciones en fondos propios de entidades residentes en la UE. Sin embargo, parece ser que, sí sería posible la amortización en los casos de “adquisiciones de empresas extracomunitarias”.

 3. Las pymes, salen beneficiadas de las reformas fiscales. Las entidades de reducida dimensión –las que tienen una cifra neta de negocios anual inferior a 8 millones de euros– han sido las que mejor han salido paradas con las reformas introducidas. Tales compañías podrán seguir disfrutando de su régimen especial durante los tres ejercicios inmediatos siguientes a aquél en que se supere el umbral citado.

Este régimen especial incluye, por ejemplo, un tipo impositivo inferior al general de Sociedades en 5 puntos para los primeros 120.202,41 euros de base imponible. Otra medida complementaria que se ha introducido para las pymes es la exención para la modalidad de Operaciones Societarias del ITP y AJD de las ampliaciones de capital que realicen estas entidades en 2011 y 2012.


El crédito bancario a las Pymes cada vez peor.

21 octubre 2010

Nos encontramos en momentos dificiles en cuanto al acceso al crédito de las pequeñas emrpesas, pero tal como esta la situación actual puede decirse que estamos atravesando por la peor de las situaciones de acceso al crédito.

Podemos ver el atriculo: La restricción del crédito a pymes toca máximos históricos. En el que se dice que el 85% de las pymes continua con dificultades para obtener crédito. Se trata del nivel más alto de la serie histórica, según la última encuesta trimestral de las Cámaras de Comercio, lo que confirma los problemas de las empresas para financiar sus inversiones.

Por otro lado, instituciones públicas como el ICO rechaza tres de cada cuatro peticiones de crédito de las pymes.

No son noticias que ayudan a la mejora economica que digamos.


Plazos de pago establecidos por Ley de Morosidad 3/2004, modificada por Ley 15/2010

20 octubre 2010

 La Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en su articulo primero modificó los plazos de pago de operaciones comerciales. En resumen las nuevas condiciones establecidas desde 7 de julio de 2010 son las siguientes:

PLAZOS DE PAGO: (desde la fecha de recepción de mercancías o prestación de servicios)

– Administraciones públicas:

 * 30 días a partir de 1/1/2013

 Período transitorio:

 * 55 días desde entrada en vigor (7/7/2010) hasta 31/12/2010

 * 50 días desde 1/1/2011 hasta 31/12/2011

 * 40 días desde 1/1/2012 hasta 31/12/2012

 – Empresas constructoras de obra civil con Administraciones públicas

 * 30 días desde la expeción de las certificaciones de obras o los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato. Dese 1/1/2013

Período transitorio para contratos de obra en curso:

 * 120 días desde entrada en vigor (7/7/2010) hasta 31/12/2011

 * 90 días desde 1/1/2012 hasta 31/12/2012

 * 60 días desde 1/1/2013 hasta 31/12/2013

 – Empresas en general:

* 60 días a partir de 1/1/2013

 Calendario transitorio:

 * 85 días desde entrada en vigor (7/7/2010) hasta 31/12/2011

 * 75 días desde 1/1/2012 hasta 31/12/2012

 No es de aplicación a los productos de alimentación frescos y perecederos, para los cuales el plazo pago a 30 días tiene efectos inmediatos

 No pueden realizarse pactos entre las partes por encima de los siguientes plazos y fechas, con el fin de evitar posibles prácticas abusivas de grandes empresas o sobre pequeños proveedores

 INDEMNIZACIONES POR COSTES DE COBRO:

Cuando el deudor incurra en mora, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la mora.

La indemnización no podrá superar, en ningún caso, el 15% de la cuantía de la deuda, excepto en los casos en que la deuda no supere los 30.000€ en los que el límite de la indemnización estará constituido por el importe de la deuda de que se trate.


EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA LANZA UN PLAN INTEGRAL DE EMPLEO PARA JOVENES MENORES DE 30 AÑOS.

18 octubre 2010

ayuntamiento de valencia

El Ayuntamiento de Valencia lanza Los Planes Integrales de Empleo (Orden de 30 de diciembre de 2009) que en colaboración con el SERVEF tienen como objetivo la colocación de trabajadores/as desempleados/as menores de 30 años en puestos de trabajo estables. Para impulsar dicha estabilidad, la contratación de personas inscritas en este plan reporta a las empresas una subvención de 6.000 euros a fondo perdido  por cada trabajador/a, compatible con las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.

La contratación debe realizarse durante la vigencia del Plan antes de Marzo de 2011. La medida tiene como objetivo fomentar el empleo entre los más jovenes.

Bienvenida sea.