La revalorización voluntaria de activos no tiene transcendencia a efectos triburarios
29 octubre 2010Consulta de la Dirección General de Tributos V0078-10, según la cuallLa entidad consultante ha efectuado en el ejercicio 2008 una revalorización voluntaria de terrenos comprados hace más de 40 años, lo cual ha dado lugar a una plusvalía contable que ha sido registrada como movimiento de la cuenta de reservas voluntarias, habiéndose incrementado su importe en la cantidad indicada. Esta revalorización y sus efectos en las Cuentas Anuales han sido descritos en la Memoria del Ejercicio Social 2008.
Con independencia de que contblemente no esta permitida las revaloricaciones voluntarias de inmovilizado, la DGT entiende que el caso planteado en el escrito de consulta, la revalorización voluntaria de los terrenos aplicando el valor razonable sin que la misma se realiza en virtud de una norma legal o reglamentaria, de acuerdo con lo establecido en el citado artículo 15.1 del TRLIS, el importe de dicha revalorización no se integraría en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, es decir, tal revalorización no tendría efectos fiscales, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 135 del TRLIS a efectos de la mención en la memoria de las cuentas anuales del importe de dicha revalorización.